martes, 21 de abril de 2015

DVA

El DVA o Documento de Voluntades Anticipadas es en un documento escrito por una persona con plena capacidad para hacerlo que, libremente y de acuerdo con algunos requisitos legales, expresa unas instrucciones u orientaciones que se deben seguir cuando se encuentre en una situación en la cual las circunstancias que concurran no le permitan expresar su voluntad. Estas instrucciones pueden ser más concretas, sobre todo si se conocen las posibilidades evolutivas de una determinada enfermedad, o bien menos definidas y generales. 

También prevé la posibilidad de nombrar a una persona representante. Este último punto es importante, tanto para ayudar a interpretar y defender el cumplimiento de estas instrucciones, como para tomar decisiones que no se prevén. El representante, el familiar u otra persona es el interlocutor válido con los profesionales y, por lo tanto, debe conocer los valores y deseos de la persona a la cual representa. 
Tanto el médico responsable como el resto de profesionales de la atención sanitaria están obligados a tener en cuenta el DVA y aplicarlo, de acuerdo con lo que establece la ley. Debe tenerse en cuenta que el DVA tiene validez una vez escrito y firmado por los testigos o el notario y la persona interesada, pero no será aplicable hasta el momento en que la persona no pueda expresar su voluntad. Hasta entonces, lo que prevalece es lo que en cada momento exprese el paciente que conserva la plena competencia.


ISO

La Organización Internacional de Normalización o ISO es el organismo encargado de promover el desarrollo de normas internacionales de fabricación (tanto de productos como de servicios), comercio y comunicación para todas las ramas industriales. Su función principal es la de buscar la estandarización de normas de productos y seguridad para las empresas u organizaciones (públicas o privadas) a nivel internacional.

JCAHO

JCAHO (Joint Commission on the Accreditation of Healthcare Organizations - Conjunta en la Acreditación de Organizaciones de Salud), más comúnmente conocida como la Comisión Conjunta, es una organización independiente, no lucrativa que fija estándares para organizaciones de  de la  y que las acredita en los Estados Unidos.